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Del Dios Trino.

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  • Del Dios Trino.

    Doctrina de la Iglesia:

    En Dios hay tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; y cada una de ellas posee la esencia divina que es numéricamente la misma. Sentencia de fe.

    En Dios hay dos procesiones divinas inmanentes. Sentencia de fe.

    El sujeto de las procesiones divinas inmanentes son las personas divinas, no la naturaleza divina. Sentencia de fe.

    La segunda persona divina procede de la primera por generación y guarda con ella la relación de Hijo a Padre. Sentencia de fe.

    El Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo, como de un solo principio y por medio de una única espiración. Sentencia de fe.

  • #2
    Re: Del Dios Trino.

    Herejías antitrinitarias.

    Monarquianismo

    A finales del siglo primero ya hubo algunos herejes judaizantes, Cerino y los ebionitas, que, tomando como base un rígido monoteísmo unipersonal, negaron la divinidad de Cristo. A finales del siglo II, la herejía, conocida con el nombre de monarquianismo, enseñó que en Dios no hay más que una persona. Según la explicación concreta que dé acerca de Jesucristo, se divide en dos tendencias:

    Monarquianismo dinamístico o adopcionista. Enseña que Cristo es puro hombre, aunque nacido sobrenaturalmente de la Virgen María por obra del Espíritu Santo; en el bautismo le dotó Dios de particular poder divino y le adoptó como hijo. Los principales propugnadores de esta herejía fueron Teódoto el Curtidor, de Bizancio, que la trasplantó a Roma hacia el año 190 y fue excomulgado por el Papa Víctor I (189-198); Pablo de Samosata, obispo de Antioquía, a quien un sínodo de Antioquía destituyó como hereje el año 268, y el obispo Fotino de Sirmio, depuesto el año 351 por el sínodo de Sirmio.

    Monarquianismo modalístico (llamado también patripasianismo). Esta doctrina mantiene la verdadera divinidad de Cristo, pero enseña al mismo tiempo la unipersonalidad de Diosexplicando que fue el Padre quien se hizo hombre en Jesucristo y sufrió por nosotros. Los principales propugnadores de esta herejía fueron Noeto de Esmirna, contra el cual escribió Hipólito; Praxeas, de Asia Menor, combatido por Tertuliano; Sabelio aplicó también esta doctrina errónea al Espíritu Santo enseñando que en Dios hay una sola hipóstasis y tres prosopa (máscaras), conforme a los tres modos distintos con que se ha manifestado la divinidad. En la creación se revela el Dios unipersonal como Padre, en la redención como Hijo, y en la obra de la santificación como Espíritu Santo. El Papa San Calixto (217-222) excomulgó a Sabelio. La herejía fue combatida de forma poco afortunada por el obispo de Alejandría, Dionisio Magno (hacia 247-264) y condenada de manera autoritativa por el Papa San Dionisio (259-268).

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    • #3
      Re: Del Dios Trino.

      Subordinacionismo

      El subordinacionismo, por oposición al modalismo sabeliano, admite tres personas distintas en Dios, pero rehúsa conceder a la Segunda y Tercera Personas la consustancialidad con el Padre y, por tanto, la verdadera divinidad.

      a) El arrianismo. El presbítero alejandrino Arrio (m. 336) enseñó que el Logos no existe desde toda la eternidad. No fue engendrado por el Padre, sino que es una criatura, sacada de la nada antes que todas las demás. El Hijo es, por su esencia, desigual al Padre, mudable y capaz de perfeccionamiento. No es Dios en sentido propio y verdadero, sino únicamente en sentido impropio, en cuanto Dios le adoptó como hijo en previsión de sus méritos. Esta herejía fue condenada en el primer concilio universal de Nicea (325). El concilio redactó un símbolo en el que se confiesa que Jesucristo es verdadero Hijo de Dios, que fue engendrado de la sustancia del Padre, que es verdadero Dios y consustancial con el Padre. Los semiarrianos ocupan un lugar entre los arrianos rígidos (anomeos) y los defensores del concilio de Nicea (homousianos).

      b) El macedonianismo. La secta de los pneumatómacos (enemigos del Espíritu Santo), nacida del semiarrianismo y cuya fundación se atribuye, desde fines del siglo IV, probablemente sin razón, al obispo semiarriano Macedonio de Constantinopla (depuesto en el 336, m. antes del 364), extendió el subordinacionismo al Espíritu Santo, enseñando, en referencia a Hebr 1, 14, que era una criatura y un ser espiritual subordinado como los ángeles. Defendieron la divinidad del Espíritu Santo y su consustancialidad con el Padre, contra los seguidores de esta herejía, San Atanasio, los tres capadocios –San Basilio, San Gregorio Nacianceno y San Gregorio Niseno- y Dídimo de Alejandría. Esta herejía fue condenada por un sínodo de Alejandría (362) bajo la presidencia de San Atanasio, por el segundo concilio de Constantinopla (381) y por un sínodo romano (382) presidido por el Papa Dámaso. El concilio de Constantinopla añadió un importante artículo al símbolo de Nicea, en el que se afirma la divinidad del Espíritu Santo, al menos indirectamente en cuanto se le confieren los atributos divinos.

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      • #4
        Re: Del Dios Trino.

        Triteísmo

        a) El comentarista cristiano de Aristóteles, Juan Filoponos (m. hacia 565), identificó la naturaleza y la persona, y así, en la cristología, vino a caer en el monofisismo, y en la doctrina trinitaria, en el triteísmo. Según él, las tres divinas personas son tres individuos de la divinidad de forma parecida a como tres hombres son tres individuos de la especie humana. Puso, por tanto, en lugar de la unidad numérica de esencia, una unidad específica.

        b) El canónigo Roscelino de Compiegne (m. hacia el 1120) partía de un punto de vista nominalístico, según el cual solamente el individuo posee realidad, y enseñaba que las tres divinas personas son tres realidades separadas entre sí (tres res ab invicem separatae), las cuales sólo moralmente se hallan unidas entre sí por su armonía en voluntad y poder, como podrían estarlo tres ángeles o tres almas humanas. Su doctrina fue combatida por San Anselmo de Cantorbery y condenada en un sínodo en Soissons (1092).

        c) Gilberto de Poitiers (m. hacia 1154), según las acusaciones de sus adversarios (San Bernardo), mantenía la distinción real entre Dios y divinidad, y con ello la distinción real entre las personas divinas y la esencia divina, de suerte que en Dios habría una cuaternidad (tres personas + divinidad). El pretendido error de Gilberto, que apenas se puede probar por sus escritos, fue condenado en un consistorio de Reims (1148) en presencia del Papa Eugenio III.

        d) El abad Joaquín de Fiore (m. 1202) concebía la unidad de las tres personas como unidad colectiva (unitas quasi collectiva et similitudinaria). Su doctrina fue condenada en el concilio IV de Letrán (1215), donde se aprobó solemnemente la doctrina de Pedro Lombardo, atacado por aquél.

        e) Anton Günther (m. 1863) enseñó que el absoluto, en un proceso de autorrealización, se actúa sucesivamente a sí mismo tres veces como tesis, antítesis y síntesis. Con ello la sustancia divina se triplica. Las tres sustancias se relacionan entre sí por medio de la conciencia constituyendo así una unidad formal.

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        • #5
          Re: Del Dios Trino.

          Originalmente publicado por cubo Ver post
          Doctrina de la Iglesia:

          En Dios hay tres personas: Padre, Hijo y Espíritu Santo; y cada una de ellas posee la esencia divina que es numéricamente la misma. Sentencia de fe.

          En Dios hay dos procesiones divinas inmanentes. Sentencia de fe.

          El sujeto de las procesiones divinas inmanentes son las personas divinas, no la naturaleza divina. Sentencia de fe.

          La segunda persona divina procede de la primera por generación y guarda con ella la relación de Hijo a Padre. Sentencia de fe.

          El Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo, como de un solo principio y por medio de una única espiración. Sentencia de fe.

          Aunque a muchos nos asombre y hasta nos parezcan risibles las cosas que muchos creen, hay que tener en cuenta que, de todas las cosas que hacen "humano" al ser humano, la más importante quizá sea su (evolucionada) capacidad para la fantasia.
          Nunca deja de asombrar como las focas, prontas y felices, reciben con brazos abiertos cualquier basura que les avienten sus amos, los caciques de la oposicion.

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          • #6
            Re: Del Dios Trino.

            Protestantismo

            Lutero censuró, es verdad, la terminología trinitaria, pero en realidad mantuvo su creencia en este misterio; no obstante, el subjetivismo introducido por él condujo finalmente a la negación del dogma de la trinidad.

            El socinianismo, fundado por Fausto Sozzini (m. 1604), se sitúa en un punto de vista racionalístico y propugna un concepto de Dios rigurosamente unitarista, que excluye toda pluralidad de personas divinas. Cristo no sería más que un puro hombre y el Espíritu Santo un poder impersonal de Dios.

            La teología racionalista moderna suele conservar la terminología trinitaria de la tradición, pero considera las divinas personas como meras personificaciones de atributos divinos, como el poder, la sabiduría y la bondad. Según Harnack, la profesión cristiana del dogma de la Trinidad se originó en las polémicas entre el cristianismo y el judaísmo. Al principio se adoptó únicamente la fórmula bimembre "Dios y Cristo" como antítesis de Dios y Moisés; más tarde se añadió también al Espíritu Santo.

            PD Hay algunos que ni a herejes llegan.

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            • #7
              Re: Del Dios Trino.

              Los términos «esencia», «naturaleza», «sustancia» designan el ser divino común al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo, mientras que los términos «hipóstasis» y «persona» designan a los tres poseedores del ser divino; cf. § 17, 1.

              1. La más antigua fórmula magistral de la fe de la Iglesia en la Trinidad es el símbolo apostólico, que en su forma romana de símbolo bautismal sirvió desde el siglo II como base para la enseñanza de los catecúmenos y como profesión de fe en la administración del santo bautismo. Está construido sobre la fórmula trinitaria bautismal de Mt 28, 19; cf. Dz 1-12.

              2. Una carta doctrinal del papa San Dionisio (259-268), «de trascendental importancia» (Scheeben, Gotteslehre, n. 687), al obispo Dionisio de Alejandría, condena el sabelianismo, el triteísmo y el subordinacionismo ; Dz 48-51.

              3. El símbolo niceno, nacido de la lucha contra el arrianismo, pone de manifiesto la verdadera divinidad del Hijo y su consustancialidad (homousía) con el Padre; Dz 54.

              4. El símbolo niceno-constanetinopolitano, profesión oficial de fe del segundo concilio ecuménico de Constantinopla (381), que apareció con motivo de la lucha contra el arrianismo y el macedonianismo, recalca, al mismo tiempo que la divinidad del Hijo, también la divinidad del Espíritu Santo; Dz 86.

              5. Un sínodo romano, que tuvo lugar bajo el pontificado del papa San Dámaso (382), ofrece una condenación colectiva de los errores antitrinitarios de la antigüedad, sobre todo del macedonianismo; Dz 58-82.

              6. El símbolo Quicumque (atanasiano), que no fue compuesto por San Atanasio, sino por un autor ~~~~~~ desconocido, del siglo v-vi, contiene de forma clara y bien estructurada una síntesis de la doctrina de la Iglesia sobre la Trinidad y la encarnación. Frente al sabelianismo, pone bien de manifiesto la trinidad de Personas ; y frente al triteísmo, la unidad numérica de la esencia divina; Dz 39s.

              7. La formulación más perfecta de la doctrina trinitaria en la época patrística la constituye el símbolo del concilio XI de Toledo (675), que está compuesto, a manera de mosaico, de textos de padres (sobre todo de San Agustín, San Fulgencio, San Isidoro de Sevilla) y de sínodos anteriores (principalmente del concilio vi de Toledo, celebrado el año 638) ; Dz 275-281.

              8. En la edad media, son de importancia, por lo que respecta a la formulación eclesiástica del dogma trinitario, el concilio IV de Letrán (1215), que condenó el error triteísta de Joaquín de Fiore (Dz 428 ss), y el concilio de Florencia, que en el Decretum pro lacobitis (1441) presentó un compendio de la doctrina sobre la Trinidad, el cual puede considerarse como meta final de la evolución del dogma (Dz 703 ss).

              9. En época más moderna hay que mencionar una declaración del papa Pío vi en la bula Auctorem fidei (1794), en la cual rechaza la expresión «Deus unus in tribus personis distinctus» empleada por el sínodo de Pistoia, por hacer peligrar la absoluta simplicidad de la esencia divina, declarando que es más acertado decir : «Deus unus in tribus personis distinctis» ; Dz 1596.

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