Prohibido alterar la letra del himno nacional
ARTÍCULO 38.- El canto, ejecución, reproducción y circulación del Himno
Nacional, se apegarán a la
letra y música de la versión establecida en la presente Ley. La interpretación del Himno se hará siempre
de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad.
ARTÍCULO 39.- Queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional yejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos. Asimismo, se prohíbe cantar o ejecutar el
Himno Nacional con fines de publicidad comercial o de índole semejante. Se prohíbe cantar o ejercer los
himnos de otras naciones, salvo autorización expresa del representante diplomático respectivo y de la
Secretaría de Gobernación.
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