Resulta que un hombre transgénero, o transexual, solicitó que se le extendiera una nueva acta de nacimiento, en la que se plasmaran tanto su nuevo sexo, como el nombre de mujer que usa ahora.
El registro civil lo mandó por un olímpico tubo, de tal suerte que el susodicho se amparó e inició su aventura por lograr su cometido. Ante eso, el ministro Sergio Valls Hernández le propuso a sus compañeros de la Primera Sala de la Corte ampararlo para que, como ya se dijo, se le otorgue un acta de nacimiento nueva, en la que se asiente su, también nuevo, nombre de mujer y se precise que es una persona del sexo femenino.
De manera adicional, el ministro solicitó que se le giren las instrucciones pertinentes al registro civil del Distrito Federal, para que el cambio de identidad del transexual no se revele y se mantenga en secreto.
Aunque ya está entradito el siglo XXI, y se ha avanzado supuestamente en cuanto a este tipo de discusiones, parece que no es tan real el asunto.
Supongo, claro, que es por falta de legislación al respecto, ya que a la hora de estar discutiendo el problema de la persona mencionada, se dieron cuenta, los ministros, de que en caso de que procediera lo solicitado también deberían otorgársele otros derechos, como serían todos aquellos vinculados con su nuevo sexo tanto para poder contraer matrimonio (que no una sociedad de convivencia) con un hombre, como para adoptar hijos, y una larga lista más de aspectos.
La bronca es que, de acuerdo a su acta de nacimiento y demás documentos legales, es un hombre; pero según su nueva situación personal, es una mujer.
El cuestionamiento es, en todo caso, el siguiente:
¿Un transexual tiene derecho a una nueva identidad y a otros beneficios concernientes a su nuevo sexo?. ¿Sí, no?, ¿por qué?
El registro civil lo mandó por un olímpico tubo, de tal suerte que el susodicho se amparó e inició su aventura por lograr su cometido. Ante eso, el ministro Sergio Valls Hernández le propuso a sus compañeros de la Primera Sala de la Corte ampararlo para que, como ya se dijo, se le otorgue un acta de nacimiento nueva, en la que se asiente su, también nuevo, nombre de mujer y se precise que es una persona del sexo femenino.
De manera adicional, el ministro solicitó que se le giren las instrucciones pertinentes al registro civil del Distrito Federal, para que el cambio de identidad del transexual no se revele y se mantenga en secreto.
Aunque ya está entradito el siglo XXI, y se ha avanzado supuestamente en cuanto a este tipo de discusiones, parece que no es tan real el asunto.
Supongo, claro, que es por falta de legislación al respecto, ya que a la hora de estar discutiendo el problema de la persona mencionada, se dieron cuenta, los ministros, de que en caso de que procediera lo solicitado también deberían otorgársele otros derechos, como serían todos aquellos vinculados con su nuevo sexo tanto para poder contraer matrimonio (que no una sociedad de convivencia) con un hombre, como para adoptar hijos, y una larga lista más de aspectos.
La bronca es que, de acuerdo a su acta de nacimiento y demás documentos legales, es un hombre; pero según su nueva situación personal, es una mujer.
El cuestionamiento es, en todo caso, el siguiente:
¿Un transexual tiene derecho a una nueva identidad y a otros beneficios concernientes a su nuevo sexo?. ¿Sí, no?, ¿por qué?
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