¿Recuerdan al jugador americanista que desafortunadamente sufrió un derrame cerebral?
Pues resulta que el equipo América hasta el mes pasado le ha pagado integro su salario, por si fuera poco, le están ofreciendo una renovación de contrato por seis meses más.
Como dice el título de mi post, a pesar de que considero al América como uno de los equipos más asquerosos, creo que el jugador está equivocado, resulta que este muchacho ya se está asesorando de una abogada que se dedica a los asuntos del fútbol y ahora, al parecer pretende demandar a la institución pues, argumenta la abogada, la ley federal del trabajo dice que la institución debe pagarle su salario integro hasta que sea dado de alta y, en caso de que después de ser dado de alta ya no es apto para el fútbol, tendrá que pagarle de por vida.
Sinceramente no sé si el derrame cerebral le sobrevino a causa del fútbol, personalmente no lo creo, no creo que sea considerado un riesgo de trabajo y por lo tanto creo que tanto el jugador como la abogada están intentando algo a todas luces abusivo.
Quiero aclarar que mis conocimientos en materia laboral se limitan a la instrucción recibida en la Facultad, probablemente si alguien se dedica a lo laboral podrá hacernos mayores precisiones, no obstante les comento. El artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo dice lo siguiente:
Creo que en este orden de ideas la empresa (club), está siendo lo bastante benevolente con el jugador y aclaro, a menos que su derrame sea considerado riesgo de trabajo.
Pues resulta que el equipo América hasta el mes pasado le ha pagado integro su salario, por si fuera poco, le están ofreciendo una renovación de contrato por seis meses más.
Como dice el título de mi post, a pesar de que considero al América como uno de los equipos más asquerosos, creo que el jugador está equivocado, resulta que este muchacho ya se está asesorando de una abogada que se dedica a los asuntos del fútbol y ahora, al parecer pretende demandar a la institución pues, argumenta la abogada, la ley federal del trabajo dice que la institución debe pagarle su salario integro hasta que sea dado de alta y, en caso de que después de ser dado de alta ya no es apto para el fútbol, tendrá que pagarle de por vida.
Sinceramente no sé si el derrame cerebral le sobrevino a causa del fútbol, personalmente no lo creo, no creo que sea considerado un riesgo de trabajo y por lo tanto creo que tanto el jugador como la abogada están intentando algo a todas luces abusivo.
Quiero aclarar que mis conocimientos en materia laboral se limitan a la instrucción recibida en la Facultad, probablemente si alguien se dedica a lo laboral podrá hacernos mayores precisiones, no obstante les comento. El artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo dice lo siguiente:
Artículo 42.- Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:
I. ...;
II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;
III.- ...
I. ...;
II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;
III.- ...
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