Sólo en Coyoacán, La Condesa Y Polanco....?
Acaparan banquetas para los fumadores
Invaden restaurantes y cafeterías el espacio público. Cuestiona experta ocupación; la adjudica a vacío entre leyes local y federal
Óscar del Valle
(24 agosto 2010).- Establecimientos de Polanco, la Condesa y Coyoacán han acaparado banquetas para que sean ocupadas por sus comensales fumadores, complicando el paso a los peatones y exponiéndolos al humo del cigarro.
Donde antes podían pasar los peatones libremente, ahora tienen que sortear mesas, lonas, ceniceros y bancas destinadas a fumadores, o bien bajarse al arroyo vehicular para continuar su avance.
Todo ello a pesar de que el Reglamento de la Ley para la Protección a la Salud de los No Fumadores del Distrito Federal establece que aquellos espacios destinados a fumar no deberán ser paso forzoso de las personas, como es el caso de las banquetas.
También el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco federal señala que las zonas exclusivas para fumar al aire libre deberán estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo, no ser paso obligado para las personas, ni encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles.
Durante recorridos realizados por REFORMA en al menos 10 calles de las colonias citadas, se encontró que estos lineamientos no se respetan.
Es el caso de restaurantes ubicados en la calle Michoacán, en la Condesa, como la Crepería de la Paz, donde incluso han colocado una banca para que los fumadores tengan su espacio en la calle.
En Polanco también lo hacen lugares como el Big Red, 50 Friends y el Cientosiete, que ocupan parte de las aceras con mesas y ceniceros sobre la calle Emilio Castelar.
Asimismo, en Coyoacán las cafeterías utilizan las banquetas para su zona de fumadores.
Entre las bancas instaladas por la Jefatura Delegacional o los mismos establecimientos, también existen mesas, lo mismo para colocar una taza con café, que el postre o el cenicero.
En la calle Cuauhtémoc, por ejemplo, hay más de una decena de cafeterías instaladas con su área de fumar en el paso público.
Para la doctora Sonia Meza, presidenta de la Red México sin Tabaco, esta situación se permite por un vacío legal y confusión durante la aplicación de las leyes federal y local, pues mientras la Ley para la Protección a la Salud de los No Fumadores del DF establece que se puede fumar en espacios al aire libre siempre y cuando no sean de paso obligatorio, la Ley General para el Control del Tabaco federal establece espacios definidos.
En ese sentido, Meza explicó que no es viable habilitar banquetas como zona de fumadores, pues, por una parte, son área pública, y por otra, son paso peatonal que no deja otra alternativa para circular que no sea el arroyo vehicular.
"Lo que existe es un vacío legal en cuanto a la definición de lo que es el espacio en el que sí se puede fumar, las llamadas terrazas. Se ha permitido la confusión y que los establecimientos decidan si se van a acoger a la ley local o a la federal.
"Los establecimientos se extienden hacia la banqueta diciendo que es su zona de fumar y la de no fumar es la de adentro; sin embargo, están comunicadas, no hay división física y el humo invade el interior", explicó la especialista.
Finalmente, consideró que, de cara a la puesta en marcha del Instituto de Verificación Administrativa, se debe definir cuál es la utilización pública de las banquetas para prohibir y sancionar esta actividad.
La ley dice textual...
Artículo 16
Del Reglamento de la Ley para la Protección de los No Fumadores (...) Está permitido fumar, siempre y cuando no sea paso forzoso para las personas. Se entiende que es paso forzoso aquel que no da otra opción para transitar.
Artículo 60
Del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
Las zonas para fumar deberán estar al aire libre o en espacios interiores aislados y contar con las siguientes características:
I. Las que estén ubicadas al aire libre, deberán estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100% libres de humo, no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles.
...también en Lomas.....
Acaparan banquetas para los fumadores
Invaden restaurantes y cafeterías el espacio público. Cuestiona experta ocupación; la adjudica a vacío entre leyes local y federal
Óscar del Valle
(24 agosto 2010).- Establecimientos de Polanco, la Condesa y Coyoacán han acaparado banquetas para que sean ocupadas por sus comensales fumadores, complicando el paso a los peatones y exponiéndolos al humo del cigarro.
Donde antes podían pasar los peatones libremente, ahora tienen que sortear mesas, lonas, ceniceros y bancas destinadas a fumadores, o bien bajarse al arroyo vehicular para continuar su avance.
Todo ello a pesar de que el Reglamento de la Ley para la Protección a la Salud de los No Fumadores del Distrito Federal establece que aquellos espacios destinados a fumar no deberán ser paso forzoso de las personas, como es el caso de las banquetas.
También el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco federal señala que las zonas exclusivas para fumar al aire libre deberán estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de humo, no ser paso obligado para las personas, ni encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles.
Durante recorridos realizados por REFORMA en al menos 10 calles de las colonias citadas, se encontró que estos lineamientos no se respetan.
Es el caso de restaurantes ubicados en la calle Michoacán, en la Condesa, como la Crepería de la Paz, donde incluso han colocado una banca para que los fumadores tengan su espacio en la calle.
En Polanco también lo hacen lugares como el Big Red, 50 Friends y el Cientosiete, que ocupan parte de las aceras con mesas y ceniceros sobre la calle Emilio Castelar.
Asimismo, en Coyoacán las cafeterías utilizan las banquetas para su zona de fumadores.
Entre las bancas instaladas por la Jefatura Delegacional o los mismos establecimientos, también existen mesas, lo mismo para colocar una taza con café, que el postre o el cenicero.
En la calle Cuauhtémoc, por ejemplo, hay más de una decena de cafeterías instaladas con su área de fumar en el paso público.
Para la doctora Sonia Meza, presidenta de la Red México sin Tabaco, esta situación se permite por un vacío legal y confusión durante la aplicación de las leyes federal y local, pues mientras la Ley para la Protección a la Salud de los No Fumadores del DF establece que se puede fumar en espacios al aire libre siempre y cuando no sean de paso obligatorio, la Ley General para el Control del Tabaco federal establece espacios definidos.
En ese sentido, Meza explicó que no es viable habilitar banquetas como zona de fumadores, pues, por una parte, son área pública, y por otra, son paso peatonal que no deja otra alternativa para circular que no sea el arroyo vehicular.
"Lo que existe es un vacío legal en cuanto a la definición de lo que es el espacio en el que sí se puede fumar, las llamadas terrazas. Se ha permitido la confusión y que los establecimientos decidan si se van a acoger a la ley local o a la federal.
"Los establecimientos se extienden hacia la banqueta diciendo que es su zona de fumar y la de no fumar es la de adentro; sin embargo, están comunicadas, no hay división física y el humo invade el interior", explicó la especialista.
Finalmente, consideró que, de cara a la puesta en marcha del Instituto de Verificación Administrativa, se debe definir cuál es la utilización pública de las banquetas para prohibir y sancionar esta actividad.
La ley dice textual...
Artículo 16
Del Reglamento de la Ley para la Protección de los No Fumadores (...) Está permitido fumar, siempre y cuando no sea paso forzoso para las personas. Se entiende que es paso forzoso aquel que no da otra opción para transitar.
Artículo 60
Del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
Las zonas para fumar deberán estar al aire libre o en espacios interiores aislados y contar con las siguientes características:
I. Las que estén ubicadas al aire libre, deberán estar físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100% libres de humo, no ser paso obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de los inmuebles.
...también en Lomas.....
Comment