¡¡¡LAS CUEVAS-VIALES
NO TIENEN EL ESTUDIO DE IMPACTO URBANO!!!
LOS PROYECTOS DE PALMAS Y REFORMA
CARECEN DE ESTUDIOS DE IMPACTO URBANO. LES ENVIO LA RESPUESTA DE LA SEDUVI A LA SOLICITUD DE INFORMACION ESPECIFICA A TRAVÉS DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA.
SOLICITAMOS INFORMACION ESPECIFICA SOBRE LAS OBRAS PROYECTADAS PARA:
1. PALMAS Y MONTE TABOR
2. ACCESO Y SALIDA DEL FRACCIONAMIENTO BOSQUES DE LAS LOMAS A PASEO DE LA REFORMA.
3. PASEO DE LA REFORMA Y PASEO DE LAS PALMAS.
4. PALMAS Y SIERRA PICHAGUA.
5. EJERCITO NACIONAL Y FERROCARRIL DE CUERNAVACA.
PARA TODAS LAS SOLICITUDES OBTUVIMOS LA MISMA RESPUESTA:
NO EXISTE ESTUDIO DE IMPACTO URBANO.
mar 2-dic-08, Irene López Varela escribió:
De: Irene López Varela
Asunto: Respuesta a solicitud de información 0106000058808
Fecha: martes, 2 diciembre, 2008, 5:39 pm
Estimado solicitante:
Anexo al presente encontrará la respuesta a su solicitud de información número 0106000058808, por lo que se le sugiere verifique el documento anexo.
Estamos para servirle.
Gracias.
Oficina de Información Pública de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

Solicitud de información número: 0106000058808
Me refiero a su solicitud de información con número de folio precisado al rubro, misma en la que solicita lo siguiente:
“Costo aprobado por la Secretaría de Finanzas para las obras proyectadas en la avenida de Las Palmas y Sierra Pichagua y documentos que lo respaldan”.
Al respecto se le informa lo siguiente:
Por lo que respecta a su pregunta, se hace de su conocimiento que esta Secretaría de Finanzas del Distrito Federal no es la competente para darle atención a la misma, ya que el ente público facultado para ello lo es la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, lo anterior atendiendo a las facultades conferidas por la normatividad aplicable.


Lo anterior es así atendiendo a que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal en su artículo 27, en la parte que nos interesa establece lo siguiente:
Artículo 27.- “A la Secretaría de Obras y Servicios corresponde el despacho de las materias relativas a la normatividad de obras públicas y servicios urbanos; la construcción y operación hidráulica; los proyectos y construcción de las obras del sistema de transporte colectivo; los proyectos y construcción de obras públicas, así como proponer la política de tarifas y prestar el servicio de agua potable.
Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
I. Planear, organizar, normar y controlar la prestación de los servicios públicos de su competencia, así como la planeación y ejecución de obras y servicios públicos de impacto en más de una demarcación territorial o de alta especialidad técnica, de acuerdo con las clasificaciones que se hagan en las disposiciones aplicables;(…)”.
Asimismo, el artículo 465 del Código Financiero del Distrito Federal, establece lo siguiente:
ARTICULO 465.- “El ejercicio del gasto público comprenderá el manejo y aplicación de los recursos que realicen las dependencias y órganos desconcentrados, para dar cumplimiento a los objetivos y metas de los programas contenidos en sus presupuestos aprobados, y dicho ejercicio será responsabilidad de sus titulares, así como de los servidores públicos encargados de la administración de los recursos asignados, conforme al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y demás normatividad aplicable”.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 47, último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como el artículo 42 de su Reglamento, se procede a remitir la solicitud de información a la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal a efecto de que se le de la atención correspondiente, sugiriéndose ponerse en contacto con dicha Oficina en los datos que más adelante se señalan.
Secretaría de Obras y Servicios
Responsable OIP:
Lic. María Dolores Quintana Rivera
Plaza de la Constitución y Pino Suárez, 2º. Piso Col. Centro
Del. Cuauhtémoc,
C.P. 06068
Tel. Directo 5345 8235
Conmutador 5345 8000 Ext. 1575
http://www.obras.df.gob.mx
oip_obras@df.gob.mx
Oficina de Información Pública de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

LOS PROYECTOS DE PALMAS Y REFORMA

SOLICITAMOS INFORMACION ESPECIFICA SOBRE LAS OBRAS PROYECTADAS PARA:
1. PALMAS Y MONTE TABOR
2. ACCESO Y SALIDA DEL FRACCIONAMIENTO BOSQUES DE LAS LOMAS A PASEO DE LA REFORMA.
3. PASEO DE LA REFORMA Y PASEO DE LAS PALMAS.
4. PALMAS Y SIERRA PICHAGUA.
5. EJERCITO NACIONAL Y FERROCARRIL DE CUERNAVACA.
PARA TODAS LAS SOLICITUDES OBTUVIMOS LA MISMA RESPUESTA:

mar 2-dic-08, Irene López Varela
De: Irene López Varela
Estimado solicitante:
Anexo al presente encontrará la respuesta a su solicitud de información número 0106000058808, por lo que se le sugiere verifique el documento anexo.
Estamos para servirle.
Gracias.
Oficina de Información Pública de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

Solicitud de información número: 0106000058808
Me refiero a su solicitud de información con número de folio precisado al rubro, misma en la que solicita lo siguiente:
“Costo aprobado por la Secretaría de Finanzas para las obras proyectadas en la avenida de Las Palmas y Sierra Pichagua y documentos que lo respaldan”.
Al respecto se le informa lo siguiente:
Por lo que respecta a su pregunta, se hace de su conocimiento que esta Secretaría de Finanzas del Distrito Federal no es la competente para darle atención a la misma, ya que el ente público facultado para ello lo es la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal, lo anterior atendiendo a las facultades conferidas por la normatividad aplicable.


Lo anterior es así atendiendo a que la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal en su artículo 27, en la parte que nos interesa establece lo siguiente:
Artículo 27.- “A la Secretaría de Obras y Servicios corresponde el despacho de las materias relativas a la normatividad de obras públicas y servicios urbanos; la construcción y operación hidráulica; los proyectos y construcción de las obras del sistema de transporte colectivo; los proyectos y construcción de obras públicas, así como proponer la política de tarifas y prestar el servicio de agua potable.
Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
I. Planear, organizar, normar y controlar la prestación de los servicios públicos de su competencia, así como la planeación y ejecución de obras y servicios públicos de impacto en más de una demarcación territorial o de alta especialidad técnica, de acuerdo con las clasificaciones que se hagan en las disposiciones aplicables;(…)”.
Asimismo, el artículo 465 del Código Financiero del Distrito Federal, establece lo siguiente:
ARTICULO 465.- “El ejercicio del gasto público comprenderá el manejo y aplicación de los recursos que realicen las dependencias y órganos desconcentrados, para dar cumplimiento a los objetivos y metas de los programas contenidos en sus presupuestos aprobados, y dicho ejercicio será responsabilidad de sus titulares, así como de los servidores públicos encargados de la administración de los recursos asignados, conforme al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y demás normatividad aplicable”.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 47, último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, así como el artículo 42 de su Reglamento, se procede a remitir la solicitud de información a la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal a efecto de que se le de la atención correspondiente, sugiriéndose ponerse en contacto con dicha Oficina en los datos que más adelante se señalan.
Secretaría de Obras y Servicios
Responsable OIP:
Lic. María Dolores Quintana Rivera
Plaza de la Constitución y Pino Suárez, 2º. Piso Col. Centro
Del. Cuauhtémoc,
C.P. 06068
Tel. Directo 5345 8235
Conmutador 5345 8000 Ext. 1575
http://www.obras.df.gob.mx
oip_obras@df.gob.mx
Oficina de Información Pública de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal

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