Re: El otro lado de la tortilla.
Originalmente publicado por Leggy
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Para
MENTIR Y VIOLAR LA LEY
como el PRI no hay dos.
Coldwell niega cuenta secreta del PRI para entrega de tarjetas
Publicado el 26/06/2012
Coordinador de campaña de peña nieto niega tarjetas Monex
[B]
Publicado el 28/06/2012
19 jul 2012
Dice Murillo Karam que empresa proveedora del PRI contrató a Monex
Alrededor de 8 mil tarjetas fueron las que Alkino Servicios contrató con Monex para el PRI
En Reforma se han dado a conocer las palabras textuales de Jesús Murillo Karam, coordinador jurídico de Enrique Peña Nieto, sobre el caso Monex.
En entrevista para W Radio, que reprodujo Reforma, Murillo Karam dijo que “existe un vinculo indirecto con el grupo Monex y el PRI, ya que dicha firma fue contratada por Alkino Servicios y Calidad S.A. de C.V. para proporcionar tarjetas de prepago para los sueldos de su estructura”.
"¿La totalidad de las tarjetas que Alkino Servicios les da es de Monex?", se le preguntó a Murillo Karam.
"Alrededor de 8 mil, sí", contestó el abogado del PRI.
"¿Son de Monex todas?", se le preguntó de nuevo.
"Sí, así es. Parece ser que sí, yo no estoy muy al tanto sobre los contadores, pero parece que las 8 mil sí (fueron distribuidas por Monex)”.
De acuerdo a Reforma, el senador Murillo Karam “detalló que el PRI contrató a la empresa Alkino Servicios y Calidad S.A. de C.V., la cual a su vez se hizo de los servicios de Monex para la distribución de las tarjetas”.
Para Murillo Karam lo anterior significa que el PRI no guarda ningún vínculo de origen o de orden jurídico o comercial con Monex.
http://sdpnoticias.com/nota/350217/D...ntrato_a_Monex
El Código Penal Federal dice:
Artículo 403.- Se impondrán de diez a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:
I. Vote a sabiendas de que no cumple con los requisitos de la ley;
II. Vote más de una vez en una misma elección;
III. Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto;
IV. Obstaculice o interfiera dolosamente el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo, el traslado y entrega de los paquetes y documentación electoral, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales;
V. Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, credenciales para votar de los ciudadanos;
VI. Solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las campañas electorales o la jornada electoral;
Murillo Karam y Joaquín Coldwell están aceptando la violación de la fracción sexta del artículo.
Las notas periodísticas especifican: En el escrito, entregado a la PGR alrededor de las 15:30 horas, se detalla que las tarjetas fueron utilizadas para cumplir con las funciones de organización y acción electoral que corresponden al Comité Ejecutivo Nacional, a través de su gasto corriente.
Se indica que la estructura del PRI fue reforzada con la contratación de personal y algunos colaboradores que fungieron como representantes generales bajo el régimen de honorarios asimilados a sueldo.
Es decir, sería la estructura del PRI la que caería en el delito y al ser 7,851 dañarían claramente la calidad del proceso y los principios de elecciones "libres y auténticas.
Para
MENTIR Y VIOLAR LA LEY
como el PRI no hay dos.
Coldwell niega cuenta secreta del PRI para entrega de tarjetas
Publicado el 26/06/2012
Coordinador de campaña de peña nieto niega tarjetas Monex
[B]
Publicado el 28/06/2012
19 jul 2012
Dice Murillo Karam que empresa proveedora del PRI contrató a Monex
Alrededor de 8 mil tarjetas fueron las que Alkino Servicios contrató con Monex para el PRI
En Reforma se han dado a conocer las palabras textuales de Jesús Murillo Karam, coordinador jurídico de Enrique Peña Nieto, sobre el caso Monex.
En entrevista para W Radio, que reprodujo Reforma, Murillo Karam dijo que “existe un vinculo indirecto con el grupo Monex y el PRI, ya que dicha firma fue contratada por Alkino Servicios y Calidad S.A. de C.V. para proporcionar tarjetas de prepago para los sueldos de su estructura”.
"¿La totalidad de las tarjetas que Alkino Servicios les da es de Monex?", se le preguntó a Murillo Karam.
"Alrededor de 8 mil, sí", contestó el abogado del PRI.
"¿Son de Monex todas?", se le preguntó de nuevo.
"Sí, así es. Parece ser que sí, yo no estoy muy al tanto sobre los contadores, pero parece que las 8 mil sí (fueron distribuidas por Monex)”.
De acuerdo a Reforma, el senador Murillo Karam “detalló que el PRI contrató a la empresa Alkino Servicios y Calidad S.A. de C.V., la cual a su vez se hizo de los servicios de Monex para la distribución de las tarjetas”.
Para Murillo Karam lo anterior significa que el PRI no guarda ningún vínculo de origen o de orden jurídico o comercial con Monex.
http://sdpnoticias.com/nota/350217/D...ntrato_a_Monex
El Código Penal Federal dice:
Artículo 403.- Se impondrán de diez a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:
I. Vote a sabiendas de que no cumple con los requisitos de la ley;
II. Vote más de una vez en una misma elección;
III. Haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto;
IV. Obstaculice o interfiera dolosamente el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo, el traslado y entrega de los paquetes y documentación electoral, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales;
V. Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, credenciales para votar de los ciudadanos;
VI. Solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa durante las campañas electorales o la jornada electoral;
Murillo Karam y Joaquín Coldwell están aceptando la violación de la fracción sexta del artículo.
Las notas periodísticas especifican: En el escrito, entregado a la PGR alrededor de las 15:30 horas, se detalla que las tarjetas fueron utilizadas para cumplir con las funciones de organización y acción electoral que corresponden al Comité Ejecutivo Nacional, a través de su gasto corriente.
Se indica que la estructura del PRI fue reforzada con la contratación de personal y algunos colaboradores que fungieron como representantes generales bajo el régimen de honorarios asimilados a sueldo.
Es decir, sería la estructura del PRI la que caería en el delito y al ser 7,851 dañarían claramente la calidad del proceso y los principios de elecciones "libres y auténticas.
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