Re: Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE)
José Luis Acevedo, en la colonia Tlaxpana pregunta:
¿Qué depósitos son sujetos del cobro del IDE?
El próximo martes primero de julio entrará en vigor el nuevo impuesto sobre depósitos en efectivo, mejor conocido como IDE.
Es importante tener claro que este impuesto sólo gravará el dinero efectivo que ingrese al sistema financiero, de tal forma que los recursos depositados vía nómina en tarjetas de débito, transferencias electrónicas, pagarés, cuentas de cheque y títulos de crédito, no serán afectados.
También estarán exentas las transferencias electrónicas de fondos de residentes en el extranjero, pues no están considerados como depósito de dinero en efectivo.
El nuevo gravamen se aplicará a todas las personas que realicen depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera y registrados en una o varias cuentas bancarias y que durante un mes acumulen más de 25 mil pesos.
Conviene aclarar que el impuesto de 2 por ciento, sólo se aplicará a la cantidad que rebase 25 mil pesos y no al total del dinero depositado, es decir si en un mes depositaste 27 mil pesos, el impuesto sólo se aplicará a los dos mil pesos excedentes.
Sin embargo, habrá una excepción como en el caso de la compra de cheque de caja, donde el 2.0 por ciento del IDE se cargará a la cantidad total por la cual se haya adquirido este documento.
Sólo las personas físicas y morales, es decir quienes ya pagan impuestos, en caso de que les cobren el IDE podrán recuperarlo por medio de mecanismos fiscales ya establecidos, como el acreditamiento, la compensación o devolución de impuestos.
Por ello, en lo futuro será conveniente estar debidamente integrado al padrón de contribuyentes y pagar tus impuestos en tiempo y forma.
José Luis Acevedo, en la colonia Tlaxpana pregunta:
¿Qué depósitos son sujetos del cobro del IDE?
El próximo martes primero de julio entrará en vigor el nuevo impuesto sobre depósitos en efectivo, mejor conocido como IDE.
Es importante tener claro que este impuesto sólo gravará el dinero efectivo que ingrese al sistema financiero, de tal forma que los recursos depositados vía nómina en tarjetas de débito, transferencias electrónicas, pagarés, cuentas de cheque y títulos de crédito, no serán afectados.
También estarán exentas las transferencias electrónicas de fondos de residentes en el extranjero, pues no están considerados como depósito de dinero en efectivo.
El nuevo gravamen se aplicará a todas las personas que realicen depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera y registrados en una o varias cuentas bancarias y que durante un mes acumulen más de 25 mil pesos.
Conviene aclarar que el impuesto de 2 por ciento, sólo se aplicará a la cantidad que rebase 25 mil pesos y no al total del dinero depositado, es decir si en un mes depositaste 27 mil pesos, el impuesto sólo se aplicará a los dos mil pesos excedentes.
Sin embargo, habrá una excepción como en el caso de la compra de cheque de caja, donde el 2.0 por ciento del IDE se cargará a la cantidad total por la cual se haya adquirido este documento.
Sólo las personas físicas y morales, es decir quienes ya pagan impuestos, en caso de que les cobren el IDE podrán recuperarlo por medio de mecanismos fiscales ya establecidos, como el acreditamiento, la compensación o devolución de impuestos.
Por ello, en lo futuro será conveniente estar debidamente integrado al padrón de contribuyentes y pagar tus impuestos en tiempo y forma.
El objetivo de este nuevo impuesto es que todos aquellos que operan en la economía informal, es decir, que no pagan impuestos por los ingresos que les genera su actividad productiva, lo hagan con toda oportunidad, pues se debe recordar que con estos recursos se realizan obras públicas y programas sociales que benefician a todos.
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