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Del Dicho al Hecho...

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  • Del dicho al lecho...


    Pues sigale. Si con eso cree que dejara de pasar desaprecibida.

    Pero si va a intentar trolear algo -como acostumbra- por lo menos lealo (es sugerencia). Porque si no, lo unico que hace es el ridiculo.


    Por eso da risa.


    .




    "Si alguien ve algo malo en mis escritos es porque los mira con ojos de maldad"

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    • Pues riase, eso moderadamente hace bien,
      exagerando...quien sabe, habria que preguntarle con un medium a Catalina.
      Tatiana
      Forista Opalo
      Last edited by Tatiana; 03-abril-2023, 15:52.

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      • Del dicho al lecho...



        Muchas gracias por el "Consejo" no pedido.

        Lo seguire haciendo.

        Focas retobadoras -y por lo tanto motivos- NO van a faltar.




        P.D. Antes de ir con "su medium" (sic) revise "los niveles" de su escoba (es sugerencia).



        .
        JacoboCasal
        Forista Opalo
        Last edited by JacoboCasal; 01-abril-2023, 12:53.
        "Si alguien ve algo malo en mis escritos es porque los mira con ojos de maldad"

        Comment


        • Y bueno...


          Fuera del intento de troleo de esta Foca...



          Ninguna otra tiene NADA que decir acerca de que el "Ministro" Laynez Potisec "le arranque hojas" a la Constitucion para "limpiarse" el Uyuyuy con ellas ?

          Ni que los otros Ministros se queden callados ?

          Ni que la Chayocracia NO les diga ni media palabra ?



          O tambien sobre estas cosas dicen "Menos mal" (sic) ?


          .

          "Si alguien ve algo malo en mis escritos es porque los mira con ojos de maldad"

          Comment


          • Originalmente publicado por JacoboCasal Ver post
            Y bueno...


            Fuera del intento de troleo de esta Foca...



            Ninguna otra tiene NADA que decir acerca de que el "Ministro" Laynez Potisec "le arranque hojas" a la Constitucion para "limpiarse" el Uyuyuy con ellas ?

            Ni que los otros Ministros se queden callados ?

            Ni que la Chayocracia NO les diga ni media palabra ?



            O tambien sobre estas cosas dicen "Menos mal" (sic) ?


            .
            No!!

            Porque todo lo que ha dicho, es producto de su mente febril y escatologica ademas es pura divagacion de su complejo, resentimiento y falsia.-

            Asi que...

            Lo que es su dicho, no es un hecho...

            Comment


            • Del dicho al lecho...


              Brutisima, y se revuelca:



              Originalmente publicado por Tatiana Ver post

              No!!

              Porque todo lo que ha dicho, es producto de su mente febril y escatologica ademas es pura divagacion de su complejo, resentimiento y falsia.-

              Asi que...

              Lo que es su dicho, no es un hecho...

              Esto se "estudia" desde la secundaria, y por supuesto en el PRIMER semestre de cualquier Facultad de Derecho del MUNDO. Son como el "abc" de cualquier abogado.

              Son "la base", lo "mas elemental", lo "mas obvio". Pero La Tatis NO lo sabe, y fuera de sus denuestos, pataletas y rabietas NO expone NINGUN ARGUMENTO, ni el mas timido intento, asi que una clasecita de Introduccion al Derecho I no le vendria mal:




              1.- Principios Generales del Derecho

              En la Ciencia del Derecho, existen diversas fuentes de obtencion de conocimientos del Derecho, como por ejemplo, La Constitucion, los Tratados Internacionales ratificados por el Senado de la Republica, las Leyes secundarias, los reglamentos, la Jurisprudencia, asi como los Principios Generales del Derecho


              Los principios generales del derecho son Historicos y universalmente utilizados, por los distintos personajes involucrados en el ejercicio del Derecho, como los legisladores, el Estado, los jueces, abogados, Litigantes y Gobernados, en el proceso mismo de investigacion, debate y creacion de normas, o en los procedimientos de imputacion, defensa en imparticion de justicia.

              Los tratadistas mas destacados del Derecho su gran mayoria, admiten que los “principios generales del derecho” deben ser verdades juridicas notorias, indiscutibles, de caracter general, como su mismo nombre lo indica, elaboradas o seleccionadas por la ciencia del derecho, mediante procedimientos filosofico juridicos de generalizacion, siendo condicion tambien de los aludidos "principios", que no desarmonicen o esten en contradiccion con el conjunto de Normas legales cuyas lagunas u omisiones han de llenarse aplicando aquellos.

              A continuacion te damos una muy breve -de una muy larga lista de los mas destacados y APLICABLES a ESTE asunto del "mInistro Laynez Potisec;




              PRINCIPALES PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO


              Nadie debe de ser condenado sin ser oido

              Lo que es nulo no produce efecto alguno.

              Se presume ignorancia si no se prueba ciencia.

              Para los particulares: Lo que no esta prohibido, esta permitido. Para las autoridades, lo que no esta expresamente FACULTADO, esta prohibido

              El primero en tiempo, es primero en derecho.

              No hay mejor testigo que el papel escrito.

              No se puede ser juez y parte de una misma causa.

              Donde no hay ambiguedad, no cabe interpretacion.

              Las obligaciones no se presumen, hay que demostrarlas.

              El que afirma esta obligado a probar.

              El que no hace lo que debe, hace lo que no debe.

              Los hechos negados no necesitan prueba.

              A confesion de parte, relevo de prueba.

              El abogado solo debe alegar razones, no denuestos.

              El alegato de una parte de ninguna manera es derecho.

              El argumento que se toma del absurdo no es valido en Derecho.

              La confesion hecha una vez, no puede retractarse sino en el acto.

              La culpa lata se compara al dolo.

              Las leyes favorecen al enganiado, no al que engania.

              No se debe cumplir la palabra al que se niega a cumplir la suya.

              Se dice claro lo que consta por confesion, por prueba legitima o por evidencias.

              No todo lo que es licito, es honesto.

              Lo que es notorio no necesita probarse.

              El que calla, parece que consiente.

              Sin culpa ni proceso, ninguno debe ser castigado.

              https://crsabogados.com/2019/05/04/p...s-del-derecho/

              .
              JacoboCasal
              Forista Opalo
              Last edited by JacoboCasal; 02-abril-2023, 11:59.
              "Si alguien ve algo malo en mis escritos es porque los mira con ojos de maldad"

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              • Que dice el Articulo 105, Fraccion I, de la Constitucion?


                La Suprema Corte de Justicia de la Nacion conocera, en los terminos que seniale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

                I. De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales, actos u omisiones,
                con excepcion de las que se refieran a la materia electoral, se susciten entre... (siguen un monton de cosas, que no vienen al caso):

                https://www.constitucionpolitica.mx/...mpetencia-scjn



                Asi o mas claro ?

                Lo DICE la Constitucion VIGENTE.

                ES la Fraccion I del Articulo que trata sobre las "Facultades" que tiene la Suprema Corta de Justicia de la Nacion.
                (Ahi esta la liga)


                Es practicamente el UNICO asunto en el que NO PUEDE meter las narices la "Maxima instancia" del PODER Judicial.

                Ya despues vienen un monton de "Leyes, reglas y procedimientos" que tratan aerca de COMO debe hacer la SCJN para actuar en los casos que SI puede.

                Que tambien se "brinco" el Ministro Laynez.


                PERO EN MATERIA ELECTORAL: NO PUEDE.



                En consecuencia TODO lo que diga, resuelva, dictamine, suspenda, revoque, juzgue o sentencie...
                ES NULO.


                DOS OPCIONES:

                1.- Es un pobre pendejo que NO conoce ni los
                Principios Generales del Derecho ? ____

                2.- Es un HdeP que "se los pasa por debajo del Arco del Triunfo" ? ____

                (Tache la que le parezca mas probable)



                .
                JacoboCasal
                Forista Opalo
                Last edited by JacoboCasal; 02-abril-2023, 22:25.
                "Si alguien ve algo malo en mis escritos es porque los mira con ojos de maldad"

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                • Recontra S

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                  • Originalmente publicado por Tatiana Ver post

                    Lo que es su dicho, no es un hecho...

                    Y lo que dice la Constitucion y los Principios Generales del Derecho...

                    Tampoco son "Hechos" ?



                    JUAR


                    .

                    "Si alguien ve algo malo en mis escritos es porque los mira con ojos de maldad"

                    Comment


                    • Voy a apretar restore as

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                      • Maniana escribo
                        estoy en el cel Ya vaya a dormir !!!

                        Comment



                        • Donia Excusas y sus explicaciones:


                          Parafraseando:


                          “Voy a apretar…”

                          “Algo le pasa a la compu”

                          “Me da flojera”

                          “Se me borro”

                          “Es que estoy en el cell”

                          “El predictivo …”

                          “Me quede conectada”

                          “La otra lap, en el taller”

                          “No me da la gana contestar”

                          “No tengo tiempo”

                          “Tengo retos, tengo planes”

                          “Ya estuvo suave”

                          “Zzzzzzzzzzzzzz”

                          Nunca deja de asombrar como las focas, prontas y felices, reciben con brazos abiertos cualquier basura que les avienten sus amos, los caciques de la oposicion.

                          Comment


                          • Originalmente publicado por JacoboCasal Ver post
                            Que dice el Articulo 105, Fraccion I, de la Constitucion?


                            La Suprema Corte de Justicia de la Nacion conocera, en los terminos que seniale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

                            I. De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales, actos u omisiones,
                            con excepcion de las que se refieran a la materia electoral, se susciten entre... (siguen un monton de cosas, que no vienen al caso):

                            https://www.constitucionpolitica.mx/...mpetencia-scjn



                            Asi o mas claro ?

                            Lo DICE la Constitucion VIGENTE.

                            ES la Fraccion I del Articulo que trata sobre las "Facultades" que tiene la Suprema Corta de Justicia de la Nacion.
                            (Ahi esta la liga)


                            Es practicamente el UNICO asunto en el que NO PUEDE meter las narices la "Maxima instancia" del PODER Judicial.

                            Ya despues vienen un monton de "Leyes, reglas y procedimientos" que tratan aerca de COMO debe hacer la SCJN para actuar en los casos que SI puede.

                            Que tambien se "brinco" el Ministro Laynez.


                            PERO EN MATERIA ELECTORAL: NO PUEDE.



                            En consecuencia TODO lo que diga, resuelva, dictamine, suspenda, revoque, juzgue o sentencie...
                            ES NULO.


                            DOS OPCIONES:

                            1.- Es un pobre pendejo que NO conoce ni los
                            Principios Generales del Derecho ? ____

                            2.- Es un HdeP que "se los pasa por debajo del Arco del Triunfo" ? ____

                            (Tache la que le parezca mas probable)



                            .
                            Aunque sea a vuelo de Albatros, leere sus posts y comentare si considero que amerita.-Tengo hasta las seis...

                            Ah, me entere que murio el Creador o impulsor de la FIL de Guadalajara.-

                            Tambien era nefasto?
                            No se, le pregunto

                            Comment


                            • Originalmente publicado por JacoboCasal Ver post
                              Que dice el Articulo 105, Fraccion I, de la Constitucion?


                              La Suprema Corte de Justicia de la Nacion conocera, en los terminos que seniale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

                              I. De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales, actos u omisiones,
                              con excepcion de las que se refieran a la materia electoral, se susciten entre... (siguen un monton de cosas, que no vienen al caso):

                              https://www.constitucionpolitica.mx/...mpetencia-scjn



                              Asi o mas claro ?

                              Lo DICE la Constitucion VIGENTE.

                              ES la Fraccion I del Articulo que trata sobre las "Facultades" que tiene la Suprema Corta de Justicia de la Nacion.
                              (Ahi esta la liga)


                              Es practicamente el UNICO asunto en el que NO PUEDE meter las narices la "Maxima instancia" del PODER Judicial.

                              Ya despues vienen un monton de "Leyes, reglas y procedimientos" que tratan aerca de COMO debe hacer la SCJN para actuar en los casos que SI puede.

                              Que tambien se "brinco" el Ministro Laynez.


                              PERO EN MATERIA ELECTORAL: NO PUEDE.



                              En consecuencia TODO lo que diga, resuelva, dictamine, suspenda, revoque, juzgue o sentencie...
                              ES NULO.


                              DOS OPCIONES:

                              1.- Es un pobre pendejo que NO conoce ni los
                              Principios Generales del Derecho ? ____

                              2.- Es un HdeP que "se los pasa por debajo del Arco del Triunfo" ? ____

                              (Tache la que le parezca mas probable)



                              .
                              Nom'bre!!!

                              Como en lo unico que no puede haber "controversia " y no puede meter su cuchara otro Poder (lease ejecutivo)que no sea el Legislativo
                              es en el electoral...

                              Quien quiere hacer avioncitos de Papel con esa parte de la Constitucion y salirnos con el desprolijo Plan B???


                              O sea que no solo fue el ministro sino toda la corte y aun la Celestial los que
                              abusaron de Poder...
                              y mandaron a descansar un rato al Plan B pero no de Bueno.

                              "No moje que no hay quien planche" (Tulio)

                              Ahora si,
                              a demain

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