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¿"Servir" obligatoriamente en la Guardia Nacional? Primero muerto.
Re: ¿"Servir" obligatoriamente en la Guardia Nacional? Primero muerto.
huuuyy mocoso, endejo y delicado, deberia ir a hacerse otra de sus chaquetas para adentrarse a su mundo ideal, pues yo creo que acabara bloquendonos a muchos inche chamaco primero deberia aprender a limpiarse el asterisco
"la violencia terminara cuando haya policias honestos, habria que empezar por la honestidad propia" Si a ti te hablo FCH
Re: ¿"Servir" obligatoriamente en la Guardia Nacional? Primero muerto.
Asi es mi estimado CP
Primero me manda un mensaje diciendome que le caigo de pocas tuercas a pesar de que pensamos diferentes... después me "ignora" por lo mismo... congruencia pura
Re: ¿"Servir" obligatoriamente en la Guardia Nacional? Primero muerto.
Sobre Manuel, no tenía problemas en mis desacuerdos con él hasta que salió con la típica mamada cliché de "Cuando crezcas entenderás". Éso no es sólo un argumento falaz es un ataque personal. Si una persona no puede discutir sin andar buscando ángulos en el otro (su edad, raza, género, dónde vive, etc) realmente... no puede discutir. No está a la altura.
Si tu argumento no se sustenta sin ataques personales tal vez no sea tan fuerte del todo...
Yo no pienso que mi edad sea relevante. Y no pueden demostrar que mis opiniones dependan principalmente de ésta, aunque los invito a intentarlo.
Re: ¿"Servir" obligatoriamente en la Guardia Nacional? Primero muerto.
Dado que el Artículo 24 Constitucional se limita a establecer la libertad de culto religioso, la interpretación jurídica y aplicación de la objeción de conciencia tiene diferentes matices en nuestro marco legal.
A los maestros contratados por la Secretaría de Educación Pública no les es dado ser objetores de conciencia para dejar de rendir honores a la bandera (caso de los Testigos de Jehova) y si lo hacen son despedidos, pero a los alumnos del mismo credo ya no se les ha expulsado de los planteles de educación de manera automática debido a la resolución de la CNDH de enero de 1993, en donde se pide que dicha acción sea utilizada sólo como "medida extrema".
Por otro lado, a los médicos que se oponen a realizar abortos, no se les obliga a realizar tal acto, por repudiar a la conciencia del facultativo.
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